martes, 19 de octubre de 2010

UN NOMBRE IMPROPIO, LARGO E INNECESARIO

UN NOMBRE IMPROPIO, LARGO E INNECESARIO. En Uruguay se han creado recientemente dos Juzgados Letrados Penales de 1ª. Instancia Especializados en Crimen Organizado, denominación que se asocia a una larga tradición en el país, que insiste en seguir con esto de “letrado” y “1ª. Instancia”, perfectamente prescindibles..
Así, lo primero que llama la atención es la inusitada extensión del nombre, cosa que pudo evitarse si se hubiera hecho un mínimo examen de su expresión literal y su significado. Este giro referido al “crimen organizado”, muy divulgado a nivel internacional, si bien es útil para describir ciertas realidades asociadas al delito, no es apropiado para incluirlo en la denominación de un tribunal penal. Y esto es así, a mi juicio, porque siendo el delito una abstracción jurídica que califica determinadas conductas humanas, no existe la posibilidad de que haya delitos “organizados” ni, por el contrario, delitos “no organizados”, porque la posibilidad de organizarse sólo la tienen los hombres. Hablar del “crimen organizado” es una transposición del calificativo que se refiere a una manera especial de actuar de los hombres, “organizadamente”, al delito como abstracción jurídica. Más simplemente dicho, el delito es siempre el delito como figura jurídica, pero no es susceptible de calificarlo de “organizado”. Un delito de lesiones no es más ni menos “organizado” que un delito de fraude.
Por lo expuesto, habría sido de buena redacción legislativa prescindir de la expresión “crimen organizado”, particularmente en un país que ha abandonado de su derecho positivo las expresiones “crimen” y “criminal” para sustituirlas por “delito” y “penal” respectivamente. En su lugar, bien podría haberse denominado a estos nuevos tribunales Juzgados Letrado Penales Especializados de 1ª. Instancia.


viernes, 10 de septiembre de 2010

Descripción del Proceso Penal Uruguayo

Este blog  sale a la luz pública con la finalidad de examinar el proceso penal uruguayo en franca caída vertical respecto de las garantías que el derecho positivo nacional y los pactos internacionales reconocen a favor de las personas cuando son llevadas ante un tribunal penal. Se nutrirá de juicios, opiniones, citas de jurisprudencia y doctrina que los participantes puedan aportar, con la finalidad principal de encontrar el camino que nos lleve a una superación del actual estado de cosas, con miras a una pronta reforma de dicho proceso, en bien del ser humano y de la propia Justicia.
 
   Siendo la publicidad uno de los pilares que asegura un respecto integral de todos los derechos del hombre en  esas circunstancias, terminar con el secreto que, lamentablemente, consagra nuestro Código del Proceso Penal, ha de ser un comienzo ineludible. Luego, hacer de la defensa letrada una segura valla de protección del indagado; afirmar la igualdad de las partes y delimitar con precisión la intervención fiscal, todo durante la etapa indagatoria preliminar, allí donde se juega la libertad del hombre ante el poder del Estado. Que San Jorge pueda vencer al dragón. Finalmente, desterrar de las prácticas habituales de nuestros tribunales la prisión preventiva aplicada tan sólo por la convicción moral de los jueces, sin fundamento legal alguno.

   Esperamos vuestra colaboración amplia, enmarcada siempre en el respeto y la tolerancia por la opinión ajena discrepante, abierta la mente a la comprensión de nuestra oprobiosa realidad procesal penal y a la rectificación de los errores que históricamente nos abruman, con su secuela de sufrimientos indecibles.