jueves, 8 de octubre de 2020

 

                            DESAFUERO Y CIRCO EN EL SENADO

   Todo resultó muy previsible en la sesión del Senado que trató el tema del desafuero del Gral. Manini Ríos. Y así quedaron bien delineadas desde un principio dos posiciones divergentes: una, la sostenida por la bancada del Partido Nacional, ajustada estrictamente al sentido natural y obvio que el tema  exigía, esto es, su tratamiento jurídico, más concretamente, constitucional.

      Por otro lado, la posición del Frente Amplio, definida de antemano apenas el tema de la suspensión de los fueros del senador Manini fue solicitada por el fiscal del caso: votar a favor del levantamiento, sin entrar en consideraciones jurídicas. Y allí comenzaba el “relato”, que se mantuvo, con las incoherencias del caso, durante toda la extensa sesión del Senado.

      ¿Y en qué consistía el relato? Pues, en asociar al senador Manini  con la violación de los derechos humanos. Nada que ver con el tema de fondo ni tampoco con la verdad, pero la ocasión se presentaba propicia para involucrarlo y figurar, como de costumbre, como los grandes defensores de los derechos humanos en este país. Como sucede con la pobreza.

     A la contundente argumentación jurídica de los senadores nacionalistas y a la narración auténtica y veraz del senador Manini, le puso broche de oro el senador Julio M. Sanguinetti, con un discurso de abrumadora enjundia constitucional, al estilo de los grandes parlamentarios de otrora, por supuesto, sin leer ningún papelito. Y asunto cerrado en el orden jurídico.

    En el lado opuesto, los senadores frentistas, totalmente fuera del tema, descargaron toda su artillería panfletaria, sin olvidar el insulto, para acentuar el “relato”: desafuero o impunidad fue la consigna, que cerró, con su habitual sentido destructivo, el senador Mujica, grandilocuente  y cursi, con invocación a la posteridad y todo lo demás. En fin, un espectáculo para la tristeza.

    Mientras tanto afuera, un centenar de familiares, ya convertidos en un apéndice del Frente Amplio y olvidados de su razón de ser, cumplían sin grandeza su rutina infecunda, sin arribar a ningún puerto.

      

martes, 28 de julio de 2020


                        EL FISCAL GENERAL Y SUS ATRIBUCIONES

               Como algo muy censurable debiera verse la decisión del Fiscal General de la Nación Dr. Jorge Díaz de iniciar una investigación administrativa respecto de un dictamen producido por la Fiscal de Carmelo, en una causa que involucraba al ex intendente Dr. Carlos Moreira. La cual terminará, obvio sería decirlo, tipificando irregularidades que ameritan la iniciación de un sumario a dicha funcionaria. Porque si así no fuera, ¿para qué la dispuso? ¿Para que termine con un archivo? Los  precedentes abonan esta conclusión.

       El Fiscal General no se para en mientes cuando quiere intervenir   en algún caso concreto: envía audios o publicaciones a determinadas fiscalías para que actúen de oficio, investiguen y pidan los procesamientos del caso, sustituyéndose indebidamente a la percepción del fiscal competente, la cual por ser personal, es insustituible e integra su libertad para opinar.

       Porque el fiscal que no actúa de oficio es porque su “conciencia moral” –al decir constitucional- no se lo pide. Entonces, el silencio ante un caso concreto es parte de esa libertad de conciencia que la ley le reconoce  como garantía suprema de un pronunciamiento justo e incontaminado. Tomarlo como una omisión que merece el alerta del superior es no haber entendido el significado cabal de dicha libertad.

       Hubo dos casos emblemáticos donde la injerencia del Fiscal General apareció nítida, bien perfilada. Una fue en el caso Sendic, abrumado por denuncias de corrupción de todo tipo. Allí nombró a un fiscal sustituto quien, en un periquete, le puso fin a la investigación, tipificándole a Sendic un delito inocuo, que no le significó ningún perjuicio. Y hasta organizó una insólita conferencia de prensa para justificar su actuar ajeno a toda presión exterior. Y si fue así, ¿por qué citó a la prensa para decirlo?

       El otro fue un  caso que involucró, premeditadamente, al Gral. Manini Ríos cuando era Comandante del Ejército. Allí el Fiscal General nombró a dedo al fiscal que debería intervenir. En un santiamén, descartó al Secretario de la Presidencia y algún otro civil de toda responsabilidad en el caso y apuntó a Manini Ríos, pidiendo su procesamiento. Y misión cumplida, políticamente.

       El Fiscal General, que ahora se rasga las vestiduras y pide averiguar cuáles son los vínculos políticos de una fiscal de Carmelo, bien podría empezar por casa, porque su filiación política frenteamplista es tan notoria que no necesita  presentaciones. Es un hombre del Frente Amplio, partido que se jugó por él para la Fiscalía General, forzando la salida de quien entonces era su titular, Rafael Ubiría, en un juego político de traslados, para entronizarlo y adonde llegó para “reinar”, diríamos metafóricamente hablando.

       Algún freno habría que poner a estos desbordes.

sábado, 20 de junio de 2020



                                     LOS CIEN DIAS Y ALGO MÁS
          
          Con motivo de los 100 primeros días del gobierno de Lacalle Pou, medios y opinión pública han coincidido en la aprobación de su gestión, particularizando la misma en la contención del virus covid-19, a todas luces exitosa. Pero hay un aspecto poco comentado de esa gestión, al cual quiero referirme seguidamente.

          Es lo que bien podría llamarse el “estilo” de este gobierno, si lo contraponemos a lo que ya todos conocíamos desde hace 15 años y que se refleja espectacularmente en ese edificio que ha dado en llamarse la Torre Ejecutiva. Hay allí ahora un emporio de vida y acción y de entrega total a la función de gobierno, con un presidente que no cuenta las horas y un gabinete que le sigue el paso.

          Por eso, la prensa en todas sus expresiones se congrega diariamente en ella, porque el bullir de la acción se desparrama en noticias a comunicar, ya con la palabra del presidente, ya con la de los ministros y altos funcionarios.

          Un contraste inevitable con el estilo de los gobiernos anteriores cuando el dicho edificio lucía penumbroso, tal como si el paso infrecuente del hombre fuera la causa de su opacidad. Es decir, sin vida. El Dr. Tabaré Vázquez reunía los lunes al Consejo de Ministros, convertido ya en una rutina de gobierno sin destellos de creatividad. Y ni pensar en una conferencia de prensa abierta a las preguntas de los presentes,  la cual rehuyó sistemáticamente. Menos aún si nos retrotraemos al gobierno de José Mujica.

          Luis Lacalle Pou trajo un estilo de gobierno frontal, lúcido y de puertas abiertas, siempre dispuesto a comunicar a la población los asuntos que más le conciernen y le interesan. Y la ronda de preguntas es el coronamiento de una transparencia que no sólo está en la acción, sino también en la intención. De ahí el “pregunten” que dirige a los periodistas presentes, desconocido en los últimos 15 años y que tiene sin sosiego a la oposición del Frente Amplio.

                                       


sábado, 2 de mayo de 2020

EL FRENTE AMPLIO A LA DERIVA


                                           

       El martes 28 de abril comenzó en el Senado el estudio del proyecto de ley de urgente consideración enviado por el Poder Ejecutivo. Y el espectáculo que dio el Frente Amplio, debutando en su papel de oposición fue lo suficientemente deslucido como para juzgarlo penoso. Desubicado, sin haber asumido su posición de minoría, sus argumentos bascularon, como siempre, entre la descalificación del adversario y la insustancialidad jurídica, acostumbrado como estaba a que la aplanadora de la mayoría absoluta le dispensaba de mayores esfuerzos.

      Así fue que cada senador leyó su papelito, sin alma ni convicción, porque lo que importaba era caerle al proyecto de urgente consideración con toda clase de presagios ominosos sobre su constitucionalidad, justamente quienes se habían burlado de ella en innumerables ocasiones. Unos breves envíos de los senadores de la coalición gobernante a una lectura correcta de la Constitución, bastaron para dejarles sin armas en el orden jurídico, allí donde  el intento de eliminar el carácter de urgente consideración claudicaba irremediablemente.

      La soberbia de otrora, dejaba paso a la resignación y al desánimo. Y el Frente Amplio que antes todo lo podía, seguía sin asimilar su derrota ni encontrar su exacta ubicación de minoría en el escenario político del país. Una verdadera pena, que lo desmerece ante una opinión pública que hoy se agrupa entusiastamente detrás de un elenco de gobierno juvenil y dinámico, creador y transparente.

  
              
                            
  
                         
     


domingo, 1 de marzo de 2020

PRISION PREVENTIVA POR VIVIR EN LA FRONTERA


                 PRISIÓN PREVENTIVA POR VIVIR EN LA FRONTERA
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       Recientes informaciones de prensa dieron cuenta del fallo de un tribunal de  apelaciones por el cual se disponía la entrada en prisión preventiva de dos personas que habían sido procesadas con prisión domiciliaria por el juez de la causa. Los fundamentos, breves por cierto, aducidos por el tribunal para sacarlos de sus domicilios y encarcelarlos, sorprende por su liviandad, ausente toda noción de rigor jurídico, nada menos cuando éste debe tener la solidez de la roca al tratarse  de la libertad del hombre. Veámoslo a renglón seguido.

          Refiriéndose al riesgo de fuga de los dos procesados, el tribunal señala que viviendo en Carmelo, cualquier ciudadano uruguayo puede cruzar fácilmente a territorio argentino, que está a una distancia de solo dos kilómetros, realidad que los imputados conocen por vivir en la zona. Francamente, el argumento es para caerse de espaldas porque significa literalmente que las personas que habitan en las zonas fronterizas del país, allí donde el cruce podría realizarse simplemente caminando, debieran procesarse, en su caso, con prisión preventiva porque el riesgo de fuga está al alcance de la mano. Es tanto como estigmatizar con el sambenito de la vecindad fronteriza a las personas que viven en ella.

          El argumento desconoce sin disculpa posible que el riesgo de fuga pertenece al mundo de las intenciones y no depende de circunstancias ajenas a esa intimidad. La mera “disposición de facilidades extraordinarias para abandonar el país”, como con error dice el Código del Proceso Penal, no abona ninguna presunción de fuga, toda vez que la intención del agente es un fenómeno psicológicamente,puro, inescrutable por una simple circunstancia del mundo exterior, como es vivir a dos pasos de la frontera. Incluso, disponiendo de aquellas facilidades pudiera no tener la menor intención de fugarse ni interés alguno en hacerlo, como se daba en el caso ocurrente.

          El otro argumento para fundamentar la prisión preventiva también raya en la frivolidad: pendiente la declaración  de otros trabajadores de la estancia, compañeros de los dos imputados, éstos podrían obligarlos a declarar de determinada manera, con lo cual estarían obstaculizando la investigación. Es decir, el tribunal prejuzga intenciones, porque en rigor de verdad, como ya lo  vimos, no podría saber si esa presunción existe o no en la intimidad de la conciencia de los imputados, ausentes conductas anteriores que indujeran a ello. Como antes la vecindad, ahora el compañerismo inducen al tribunal a meter en la cárcel a los procesados.

          Más que estupor, a uno se le aflojan las piernas cuando ve que la libertad del hombre, en casos como el ocurrente, es conculcada con argumentos tan insustanciales en el orden jurídico, justo allí donde la presunción de inocencia, siempre olvidada, debiera prevalecer sobre meras conjeturas de imposible probanza.