martes, 12 de julio de 2022

 ENCUESTAS Y MAYORÍA ABSOLUTA

        Estoy advirtiendo que las encuestas sobre la intención de voto que publican las empresas especializadas están omitiendo, quizá por inadvertencia o descuido, un concepto fundamental para predecir el resultado final de esta consulta. Y es que para que la propuesta de derogar los 135 artículos de la ley de urgente consideración se requiere que el “Sí” supere la mayoría absoluta de votos válidos emitidos, tal como lo dispone el art. 43 de la ley 16.017 del 20 de enero de 1989.

          Es decir y para ser más preciso, se suman los votos válidos emitidos a favor del “Sí” y a favor del “No”, a los cuales se agregarán los votos en blanco. De ese total definitivo, la opción por el “Sí” debiera superar la mitad para que el resultado del referéndum se considere derogatorio de la LUC.

          Dicho textualmente: “Efectuado el escrutinio, la Corte Electoral proclamará el resultado. Se considerará que el Cuerpo Electoral ha hecho lugar al recurso cuando sufraguen por SI más de la mitad de los votantes cuyo voto sea considerado válido” (art. 43).      

          En consecuencia, de poco sirven las encuestas que dan determinadas cifras a favor del “Sí”, si de ellas surge claramente, en su proyección, que no llegarán a ese mínimo exigido por la ley y al cual muy pocas consultas anteriores han llegado, concretamente cuando se pretendió derogar la llamada Ley de Caducidad.

          Por lo dicho, entiendo que las empresas encuestadoras debieran hacer en sus números y en sus conclusiones, una mención a esta exigencia de una mayoría absoluta, que juzgo insoslayable, para que el lector tenga una idea cierta de cual será resultado de las urnas.

                      UN PRESIDENTE QUE HONRA AL PAÍS

          Quiero referirme al verdadero suceso que fue la visita del presidente Lacalle Pou al Reino Unido, invitado especialmente por el primer ministro Boris Jonhson. En el orden formal, nuestro presidente lució su prestancia habitual, es decir, aplomo y seguridad en sí mismo y su natural sencillez ante los ritos del protocolo, sin perder de vista el objetivo principal de su visita en el orden comercial. Fue un placer verlo conversar fluidamente en inglés con el primer ministro, como así también ante los distintos auditorios donde se presentó.

          Es que así funcionan las relaciones internacionales entre jefes de gobierno y de estado por requerimiento casi imperativo de la importancia de asuntos que la globalización pone en carpeta todos los días y que empieza, obviamente, por hablar en un mismo idioma. Y en lo principal, el presidente apuntó sin ambages a la apertura comercial del Uruguay al mundo, desechando esos remilgos más o menos nacionalistas que tanto obstan al crecimiento de nuestra región.

          Volvió con esperanzas, quizá ilusiones también, de que su visita al Reino Unido producirá en corto plazo buenos resultados para el desarrollo del país, que es, en suma, el bienestar de su población. Y que demuestra cuánto puede conseguirse cuando un presidente decidido y bien informado sale al exterior en estas circunstancias.

          Por todo ello es que puede decirse con orgullo que el presidente Lacalle Pou ha honrado a todos los ciudadanos, incluidos aquellos que les escuece el alma oírlo hablar en inglés, algo desconocido en los últimos tiempos por quienes pusieron en su blasón la mediocridad como signo distintivo de su ideología populista.

¡ADMIRABLE!

           Si tuviera que expresarlo en sentido figurado, diría que Luis Lacalle Pou le cambió la faz a la presidencia de la república, realidad absolutamente incontrovertible por su notoriedad. Es que el país asistió repentinamente a un cambio abrupto y casi desconocido en el ejercicio de la primera magistratura. Hoy tenemos a un hombre joven, dinámico, estudioso y bien informado, de expresión fluida y segura, entregado enteramente a su función, para cuyo cumplimiento no existen horarios y en contacto permanente con la población.

                    Todo lo cual contrasta notoriamente con el pasado reciente que, refugiado en sus mayorías parlamentarias absolutas que todo lo consentían, generó un producto sin destellos, apenas visible una vez por semana y sin contacto alguno con los medios informativos. Y donde el hoy habitual “pregunten” de Lacalle Pou a la prensa hubiera resultado una profanación del silencio reinante en la Torre Ejecutiva.

          Pero la cualidad más distintiva de la personalidad del presidente Lacalle Pou es la calma que exhibe en sus expresiones públicas, cualesquiera sean los temas o las circunstancias en que las pronuncia. Esa tranquilidad de ánimo es una rara virtud en política, allí donde la salida de tono, el exabrupto y la descalificación del adversario suelen ser recursos de uso cotidiano y hasta festejados cuando la grosería asoma.

          En la antítesis de la demagogia, Lacalle Pou persuade cuando habla por la forma respetuosa e inteligente con que se expresa, desandando el viejo camino de la complacencia con los que más gritan y de quienes, invocando las consabidas “políticas sociales”, encontraban en el “compañerismo” de causa las respuestas generosas a sus demandas.

          Por ello, entre otras cosas, el presidente Lacalle Pou recibe hoy la adhesión sostenida de la mayoría de la población en las encuestas de todo tipo que se realizaron este fin de año, incluso con resonancia internacional, a despecho de la oposición pérfida e irracional del sindicalismo comunista desatado, que no vacila en recurrir a las peores armas contra la población si ello sirve para acosar al gobierno en sus intentos por desestabilizarlo. La actitud del presidente en este sentido –serenidad y firmeza- es digna de 

UN AMPARO PARA LA VERGÜENZA

            Un extravagante proceso de amparo a cargo de un juez de Feria, ha culminado con una sentencia de corte autoritario, más que estrictamente judicial. Desbrozando un popurrí de infamias procesales, quiero referirme en particular al inexcusable apartamiento de un principio legal estampado a fuego en los códigos de procedimiento.

          El Amparo es una acción –no un recurso- y como toda acción, se canaliza a través de una demanda que culmina con una petición, exigencia de cumplimiento ineludible.  “La petición será concebida en términos claros y positivos”, decía el 284,5º del Código de Procedimiento Civil, vigente al momento de la sanción de la ley 16.011 de 1985. Y el actual General del Proceso repite lo mismo: “El petitorio, formulado con toda precisión”.

          Pero resulta que el promotor del amparo, que es abogado, omitió incluir al final de su demanda el capítulo que la ley denomina “Petitorio”, que es en sustancia, qué cosa concreta se le pide al juez en la presentación. De ahí la severidad y firmeza de los textos transcriptos, cuyo cumplimiento no puede deducirse por mera inferencia o declaración verbal de intenciones por quien promueve la demanda.

          Si bien es cierto que dicha ley permite que el juez subsane de oficio los vicios formales de la demanda, la omisión del caso no puede darse por saneada recurriendo “al espíritu de la solicitud”, como dijo su señoría, en una interpretación heroica, “pro domo sua”, casi de validez apodíctica. Porque ni el espíritu de la ley ni el espíritu de la demanda pueden prevalecer sobre la claridad de los textos.

          Fue así que en un periquete el juez liquidó el argumento de la defensa del Gobierno, en un caso que iba a tener, de seguro, graves repercusiones, a tal punto, que traspasó las fronteras patrias para mayor vergüenza de todos.